Para ser absolutamente fieles a la realidad:
Mi opinión es que lo mejor es que te vayas a tu casa y lo cuides porque si lo que ganas es lo mismo que te cuesta la guardería, te estas equivocando como madre.”
No vaya a ser que luego nos tilden de feminazis o nazimadres por exagerar, tergiversar o manipular la realidad.
Hoy vengo a hablarles de conciliación. Y pensarán Ustedes, queridos lectores, !Pues vaya novedad!.. Pero tranquilos, hoy no voy a aburrirles con mis historietas, voy a hablarles de conciliación no como mamá, sino como abogada.
Para ser precisos, voy a contarles un caso de cuya defensa me he encargado en los últimos tiempos, a propósito de la conciliación de la vida laboral y familiar, con el permiso de su protagonista; como no podía ser de otra forma, sin desvelar nombres, datos o identidades.
Este caso, que podría ser el de muchas mujeres de este país, comienza cuando mi cliente se convierte en madre.
A punto de expirar el ridículo exiguo permiso de maternidad, mi cliente y su pareja se plantean qué hacer con su niño ahora que ella tiene que volver al trabajo. Ella, claro está, porque él ya volvió al trabajo muuucho antes.
Ella no quiere abandonar su carrera profesional y tampoco se lo pueden permitir, así que la solución a la que llegan, en la intimidad de su hogar y en la libertad que les corresponde en orden a tomar decisiones relacionadas con su familia, ella decide solicitar una reducción de jornada.
El derecho de los trabajadores de solicitar una reducción de jornada por cuidado de menor de doce años o discapacitado, se encuentra recogido en el Artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. Se trata de un derecho que corresponde al trabajador y, si bien requiere comunicación a la empresa por razones obvias, no precisa de aceptación por su parte (tampoco es un regalo pues implica la reducción proporcional del salario). Del mismo modo, la elección del horario en que se concentrará la prestación de servicios del trabajador, corresponde también a éste y, únicamente podría verse limitada por la empresa, en tanto la concreción horaria que hiciera el trabajador supusiera graves perjuicios económicos u organizativos para la empresa (afectando GRAVEMENTE a la producción o condicionando la propia continuidad de la misma).
En otras palabras, que la voluntad del legislador ha sido que el derecho a la reducción y a la concreción horaria (a decidir las horas en las que se va a trabajar) se ejerza libre y plenamente por el trabajador, de manera que sólo podrá la empresa limitar dicho derecho cuando, aceptar las condiciones del trabajador le lleve a situaciones tales como tener que cerrar la empresa o sufrir importantes pérdidas. En otro caso, es decir, si no se dan esos graves perjuicios, los intereses de la empresa deben decaer ante el derecho del trabajador a procurarse la conciliación y, principalmente, el derecho del menor, a encontrarse debidamente asistido por sus progenitores.
En casos como éstos deben tenerse en cuenta varios aspectos: El más importante es el hecho de que el reconocimiento legal de estos derechos es una manifestación clara y concreta del mandato constitucional, contenido en el Artículo 39 de la Constitución Española que, en su primer apartado, dice lo siguiente:
«Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia».
Eso significa que los poderes públicos están obligados a legislar de forma tal que se proteja a la familia en la vida social y económica y, como parte fundamental de la misma, los hijos o, en general, la infancia.
Evidentemente la conciliación de la vida laboral y familiar es, en mi opinión, uno de los mecanismos principales para conseguir dicha pretendida protección.
Tampoco debe olvidarse que estos derechos de conciliación, hoy por hoy, se encuentran íntimamente relacionados con el derecho a la no discriminación por razón de sexo que tenemos todas las mujeres.
Efectivamente, si bien es cierto que lo ideal sería que estos derechos laborales tuviesen la misma virtualidad para hombres que para mujeres, la aplastante realidad es que no es así, sino que a fecha de hoy (por una amalgama de razones que no podríamos exponer en este post por su extensión e interrelaciones, pero que me reservo para tratar en futuras entregas; como por ejemplo, el hecho de que, en muchas ocasiones los hombres tienen trabajos mejor pagados que las mujeres) son las mujeres las que más habitualmente y en mayor medida, enfrentan los sacrificios de sus carreras profesionales en pos de la empresa familiar.
Esto significa que estos derechos, estas medidas, suponen hoy en día las insuficientes vías que tenemos las mujeres para permitirnos continuar con nuestras carreras profesionales a la vez que formamos familias.
Es obvio que poner limitaciones al ejercicio de estos derechos atenta directamente, pues contra nuestro derecho de no ser discriminadas.
Teniendo en cuenta el respaldo constitucional que estos derechos presentan, parece lógico que su ejercicio libre debe ser un principio de nuestro derecho y garantizarse en todos los órdenes.
Sin embargo, oíganme: No siempre es así. Desgraciadamente, muchas veces no es así.
No es así cuando, en respuesta a la petición por mi cliente de esta reducción de jornada con una concreción horaria de la misma que cumplía todos los requisitos legales, mi cliente recibe la respuesta que da título a esta entrada; y por repetirla, sí sí, por repetirla, a ver si a Ustedes les pitan los oídos igual que me sucede a mí:
Mi opinión es que lo mejor es que te vayas a tu casa y lo cuides porque si lo que ganas es lo mismo que te cuesta la guardería, te estas equivocando como madre.”
y, cuando mi cliente insiste en que tiene que trabajar y que para ello se ve obligada a soliciar la reducción de jornada y concretar su horario por las mañanas, justificando (sin que tuviera por qué hacerlo) que está pensando en su hijo, su jefe le insiste:
pues si estas mirando por él, ya te he dicho lo que yo hice y lo que ha hecho una trabajadora mía.
Y así insiste este Señor en una, dos, tres y hasta cuatro ocasiones más, invitando amablemente a mi cliente a que se fuera de la empresa porque todo el mundo sabe que si crías y trabajas, eres una madre malísima…
O no; o no es por eso. O tal vez tiene más que ver con el hecho de que hay muchos empresarios en nuestro país que siguen creyendo y aplicando el modelo de esclavitud entre empresario y trabajador. A más horas que estés en el trabajo, a mayor disponibilidad y cuasi pleitesía, mejor… Que realices tu trabajo con eficiencia y creatividad me la trae al pairo!.
Ahora, tal como hice yo, tratad de imaginar cómo sería socialmente percibida una reacción empresarial como la que les expongo en otros países (no quiero irme a Suecia, aunque imaginad, imaginad…) pero en casi cualquier otro.
Con gravedad. Sí, con gravedad. Esas expresiones se considerarían graves; un atentado y, como mínimo INCORRECTAS.
Ahora imaginad que mi cliente consiguió acreditar totalmente dicha reacción empresarial ante un Juzgado; imaginad que en dicho Juzgado había una representación del Ministerio Fiscal y, por último (agárrense los machos) imaginad que según el Juzgado esas expresiones eran fruto de una conversación íntima, cordial y amigable entre un trabajador y su jefe…
Ya pueden flipar como yo.
Nada; esas expresiones son del todo inocuas… Nada hombre, nada, que el Jefe, paternalista, estaba dándole un consejo a su empleada; que sí hombre que sí, que él sabe más porque es mayor, y empresario y, sobre todo hombre; que ella es una mujer, que es joven…Que no hay que ponerse así, hombre, que no es la cosa para tanto..
Pues, permítanme que les diga: Mientras no se persigan estas actitudes sociales, no vamos a conseguir una mierda nada en este país. Seguiremos igual que siempre. Si no somos capaces de ver que estas actitudes suponen un ataque a la dignidad del trabajador, comprometen su garantía de INDEMNIDAD (el derecho que tiene todo trabajador a ejercitar sus derechos laborales sin recibir REPRESALIAS por parte de la empresa), atentan contra la posibilidad de conciliación y, en consecuencia, coadyuvan en el mantenimiento de una importante y patente desigualdad entre hombres y mujeres en el plano profesional, nos quedamos completamente atascados.
Si los poderes públicos, si la Administración de Justicia, no se atrinchera contra esta tendencia, no seremos capaces jamás de imprimirle GRAVEDAD a estas situaciones; en la conciencia social se seguirán percibiendo, no sólo como normales, sino como propias de nuestro carácter español (tan chabacano y gracioso) y una servidora, no podrá tomar en serio que en este país hay un mínimo de lucha por la consecución de la conciliación. Y un pimiento!
Juzguen Ustedes mismos
PD.- Las fotos poco tienen que ver con esta entrada endemoniada, pero son de mi hijo retozándose en mis senos, así que me gustan mucho… : ) y así me relajo…